Alten presenta un ERE para 150 empleados y luego publica 81 ofertas de empleo

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Alten, una firma especializada en servicios de consultoría e ingeniería tecnológica, ha protagonizado una de las maniobras de Recursos Humanos más exótica que se recuerda. El caso es que la empresa presentó el pasado 18 de diciembre un ERE que supondría el despido de 150 de los 1.350 trabajadores que tiene la firma en España.

Hasta aquí, todo más o menos normal. La compañía, que tiene como una de sus principales líneas de negocio la provisión de servicios tecnológicos a las administraciones públicas, justifica el ajuste de plantilla por causas económicas, derivadas de las pérdidas registradas en ejercicios anteriores y de la disminución de la facturación, debido a «la fuerte caída de la demanda de servicios por parte del sector público».

Los trabajadores, por su parte, niegan que la situación económica sea tan mala, alegan que ya se realizó un ajuste laboral en julio de 2012 y negocian todo lo posible para conseguir suavizar las condiciones del ERE. Pero lo más curioso, según publica La Información, es que 20 días después de plantear la regulación de empleo a sus trabajadores, cuando apenas habían comenzado a negociar, Alten decidió colgar en las principales páginas web de empleo del país 81 ofertas de trabajo.

A los trabajadores les queda ahora la opción de plantear una demanda colectiva ante los tribunales de justicia, que no paralizaría los despidos planteados pero sí podría desembocar en una declaración judicial de nulidad que obligaría a readmitir a los trabajadores.

Fuente: http://www.equiposytalento.com/noticias/2013/01/16/alten-presenta-un-ere-para-150-empleados-y-luego-publica-81-ofertas-de-empleo

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Trabajadores Autónomos: nuevas bases de cotización a partir de 2013

Una vez publicado la versión definitiva en el Boletín Oficial del Estado la Ley de Presupuestos Generales del Estado y la Ley de Medidas Tributarias, comentamos de forma resumida las novedades legislativas de en materia de bases de cotización para trabajadores autónomos a partir del 1 de enero de 2013.

De este modo, los límites de las bases de cotización para los trabajadores autónomos, estarán comprendidos a partir del 1 de enero de 2013 entre 858,60 euros/mes y 3.425,70 euros/mes, las cuales se fijarán en función de la edad de acuerdo a lo siguiente:

1.- Para los trabajadores autónomos que sean menores de 47 años de edad o bien para los trabajadores autónomos que el 1 de Enero de 2013 tengan cumplidos 47 años de edad y que su base de cotización en el mes de diciembre de 2012 haya sido igual o superior a 1.870,50 euros/mes, será la que elija el propio trabajador entre los límites de la base mínima y máxima.

2.- Para aquellos trabajadores autónomos que tengan 47 años de edad el 1 de Enero de 2013 y tuvieran una base de cotización inferior a 1.870,50 euros/mes, no podrán elegir una base de cotización superior a 1.888,80 euros/mes, salvo que lo elijan antes del 30 de Junio de 2013, produciendo efectos a partir del 1 de Julio de 2013.

3.- Para los trabajadores autónomos que el 1 de Enero de 2013 tengan cumplidos 48 años de edad, su base de cotización estará comprendida entre 925,80 euros/mes y 1.888,80 euros/mes. En caso de tratarse del cónyuge supérstite del titular del negocio, que como consecuencia del fallecimiento del mismo haya tenido que convertirse en el titular del negocio dándose de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos con 45 o más años de edad, podrá elegir las bases de cotización entre las cuantías de 858,60 euros/mes y 1.888,80 euros/mes.

4.- Para aquellos trabajadores que con anterioridad a los 50 años de edad hubieran cotizado 5 o más años en cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social, sus bases de cotización estarán comprendidas entre las siguientes:

4.1.- Se deberá cotizar por una base entre 858,60 euros/mes y 1.888,80 euros/mes si la última base de cotización acreditada hubiera sido igual o inferior a 1.870,50 euros/mes

4.2.- Si la última base de cotización acreditada fuera superior a 1.870,50 euros/mes, se deberá cotizar por una base de cotización entre 858,60€/mes y el importe de la última base de cotización acreditada incrementada en un 1%, pudiendo optar por una base de hasta 1.888,80 euros/mes en caso de no alcanzar este importe el incremento del 1% de su última base de cotización. También es aplicable para aquellos trabajadores autónomos que con 48 o 49 años de edad hubieran ejercitado la opción por una base superior antes del 30 de Junio de 2013, lo que producirá efectos a partir del 1 de Julio de 2013.

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Los presos con cargas familiares pueden cobrar el paro aunque lo soliciten tras ingresar en prisión

El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia para unificación de doctrina en la que determina que las personas ingresadas en prisión con responsabilidades familiares que soliciten el cobro de prestaciones y subsidios por desempleo durante su estancia en la cárcel tienen derecho a percibirlas pese a que la privación de libertad les impida la búsqueda activa de un empleo.

La Sala Social del Alto Tribunal expone estos argumentos tras analizar, con resultado estimatorio, un recurso de casación interpuesto por un prejubilado de Hunosa, con un hijo al que debía pasar una pensión alimenticia de 250 euros mensuales, que estando en prisión solicitó el subsidio por desempleo tras haber agotado la prestación contributiva.

Continúa en…

http://www.finanzas.com/noticias/economia/20130117/economia-laboral-presos-cargas-1680889.html

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