Los contratos de cero horas convierten a los británicos en esclavos de la flexibilidad laboral

Fuente imagen: www.cincodias.com

¿Se acuerdan de los polémicos minijobs? Nos los vendieron como la salida a la crisis, la gran esperanza de los parados. Cuando el Banco Central Europeo (BCE) se puso duró, allá por diciembre de 2011, los incluyó en su listado de condicionantes para reactivar su programa de compra de deuda española. Mario Draghi exigió al entonces presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, la «devaluación competitiva» de los salarios y acciones contra el desempleo juvenil. Aquella misiva no tomó forma hasta que la canciller alemana, Angela Merkel, llegó a España a visitar a su sucesor, Mariano Rajoy. Traía los mini-empleos bajo el brazo, como propuesta estrella para la futura reforma laboral que se empezaba a fraguar.

Estos contratos, que se crearon en Alemania en 2003 para atajar el paro y la economía sumergida, tienen un sueldo máximo de 400 euros mensuales, se aplican sólo a empleos en los que el trabajador no paga impuestos y abona las cotizaciones sociales de forma voluntaria. Al final, se quedaron fuera del paquete de medidas que introdujo el Gobierno en el mercado de trabajo, aunque eso no libró a los jóvenes del precariado. Los minijobs existen de facto en el país enmascarados bajo la vieja fórmula de trabajos a tiempo parcial. Según la Encuesta de Población Activa correspondiente al cuarto trimestre de 2011, el 67% de jóvenes de entre 25 y 29 años que tienen un contrato a jornada parcial no lo tienen porque no han podido encontrar trabajo de jornada completa. Este colectivo se reducía a un porcentaje del 37% en 2007 y desde entonces ha ido aumentando de manera constante, al ritmo de casi un 10% por año. Los menores de 30 se han quedado sin alternativas.

En Reino Unido, el panorama no es más esperanzador. Alrededor de un millón de británicos tienen contratos laborales que no aseguran un mínimo de horas de trabajo. Este dato viene recogido en una encuesta del Chartered Institute of Personnel and Development (CIPD), que ha corregido la estimación oficial de la Oficina Nacional de Estadística, que limitaba la cifra a 250.000 empleados. «Son una especie de contratos a llamada, en los que el trabajador ha de estar disponible ante la orden empresarial de trabajar. En todo caso, el empleado no cobra nada por el tiempo en espera, solamente por las horas trabajadas. Además, según la legislación inglesa, tampoco dispone de un salario mínimo en ese tiempo en blanco ni prestación de baja por enfermedad», explica, Ferrán Camas, profesor de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social en la Universitat de Girona.

Continúa en…

http://goo.gl/LCpMw9

Esta entrada fue publicada en Sin categoría y etiquetada , , , , , . Guarda el enlace permanente.