72.000 trabajadores afectados por el descuelgue de los convenios

Es una de las cifras de que presume el Ministerio de Empleo y Seguridad Social cuando se trata de evaluar los efectos de la reforma laboral. Las inaplicaciones de los convenios colectivos se han convertido en una constante. Solo durante el mes de abril ha habido 255 descuelgues de los convenios colectivos pactados, que han afectado a 44.000 personas. Una cifra récord, decía el director general de Empleo, Xavier Thibault, el pasado jueves en una jornada sobre reestructuraciones empresariales organizada por la Asociación para el Progreso de la Dirección (APD) y Mercer.

En lo que va de año las inaplicaciones ascienden a 907 y los trabajadores afectados por las rebajas salariales y otros recortes de sus condiciones laborales que llevan aparejados, suman 72.000, cuando en el conjunto del año pasado el total de convenios desistidos fue de 748 y los asalariados afectados 29.352. En cuatro meses se ha multiplicado por 2,5 el número de personas que han sufrido rebajas en sus condiciones laborales. Lo que, según la frase que ya se ha convertido en una cantinela en el Departamento de Fátima Báñez, ha permitido salvar muchos empleos. Una paradoja, con el paro por encima de los seis millones de personas.

El sector servicios ha sido el que más ha utilizado las rebajas salariales, con el 84% de los descuelgues. Y han sido las empresas de mayor tamaño (las que cuentan con 250 o más empleados) las que han recurrido en mayor proporción a ellos.

Entre enero y abril de este año se han registrado 426 convenios, el 64% son de empresa, aunque rigen solo para el 3,2% de los trabajadores en total. El resto, son de ámbito superior. Solo el 37,6% inician sus efectos en 2013. La variación salarial media provisional pactada en los acuerdos es del 0,58%, si bien teniendo en cuenta las cláusulas de garantía salarial acordadas el incremento medio es del 1,47%, según los datos del Ministerio de Empleo.

Fuente: http://economia.elpais.com/economia/2013/05/13/actualidad/1368439361_041439.html

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El TC restaura el derecho de una empleada a cobrar pensión amparándose en su sentencia sobre tiempo parcial

El Tribunal Constitucional ha fallado a favor de dos trabajadoras a tiempo parcial afectadas por el polémico sistema para calcular los periodos cotizados a efectos del reconocimiento de pensiones, tan sólo unas semanas después de haber declarado «nulo e inconstitucional» este método de cómputo.

Según estas sentencias, recogidas por Europa Press, una de las empleadas que ha recurrido al TC cobrará finalmente la pensión de incapacidad permanente absoluta que le denegó la Seguridad Social, pero que sí le reconoció un tribunal catalán, al que posteriormente le llevó la contraria el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC).

En el caso de la otra trabajadora a tiempo parcial, que reclama una pensión de jubilación, el TC anula también las sentencias en las que se le denegaba la prestación e insta a la Seguridad Social a analizar de nuevo la situación de esta trabajadora para que la resolución administrativa sobre el reconomiento o no de su pensión respete la Constitución.

El método de cómputo que anuló el Constitucional en una sentencia fechada el pasado 14 de marzo ya fue cuestionado por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en noviembre de 2012, cuando dictó una sentencia en la que calificaba de discriminatorio el trato que daba la legislación española a los trabajadores a tiempo parcial respecto a los contratados a tiempo completo.

El TC hizo suya la interpretación de la justicia europea y consideró que la regla de cálculo contenida en la normativa española «lesiona» el derecho a la igualdad (artículo 14 de la Constitución española) y es «discriminatoria» por razón de sexo, ya que la mayor parte de los trabajadores a tiempo parcial en España son mujeres.

Continúa en…

http://www.expansion.com/agencia/europa_press/2013/05/10/20130510102430.html

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CCM – Liberbank impone reducciones salariales y un ERE durante tres años a 1.332 trabajadores

En concreto, el banco tiene previsto suspender el contrato de trabajo de hasta 1.332 empleados de la plantilla de manera rotativa durante un periodo de 18 meses a razón de seis meses en cada uno de los tres años que durará esta medida. La suspensión se extenderá desde el 1 de junio de 2013 hasta el 31 de mayo de 2016.

Liberbank también reducirá hasta un 25% la jornada de trabajo de 1.000 empleados y en un 30% la de otros 1.000 trabajadores durante un periodo de cuatro años.

Otras medidas de ajuste que impondrá la entidad son la suspensión de aportaciones a planes de pensiones, la supresión de beneficios y mejoras sociales, la suspensión del abono del Plus Convenio durante los años 2014 a 2017, inclusive, o la suspensión de la ayuda de estudios establecida en el Convenio durante los años 2013 a 2016.

Más información: http://www.eleconomista.es/empresas-finanzas/noticias/4809578/05/13/Termina-sin-acuerdo-la-negociacion-entre-Liberbank-y-los-sindicatos.html

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