El 21,4 % de las trabajadoras madrileñas tienen un empleo a tiempo parcial, una tasa casi tres veces superior a la de los hombres (7,6%)

El 21,4 por ciento de las trabajadoras madrileñas tienen un empleo a tiempo parcial, lo que supone una tasa casi tres veces superior a la de los hombres (7,6%), según ha informado el Ayuntamiento de Madrid en un comunicado.

A tenor de los datos del último Barómetro de Empleo, que recoge las estadísticas del segundo trimestre de 2013, hay 136.000 mujeres trabajadoras en la ciudad que cuentan con un trabajo a tiempo parcial, mientras que sólo 49.000 hombres se encuentran en esta situación.El Consistorio asegura que esta situación es consecuencia de la «actual crisis económica», que ha causado que «muchas mujeres se incorporen al mercado laboral para poder colaborar con los ingresos de la unidad familiar», por lo que la tasa de actividad femenina se ha incrementado del 53,5 por ciento en 2007 al 56,1 por ciento en 2012.

En el análisis realizado por el Ayuntamiento, se observa que este no es un fenómeno exclusivo de Madrid, sino que «el promedio europeo indica que en 2012 existían 23,6 puntos porcentuales de diferencia entre la tasa de parcialidad de las mujeres y la de los hombres», mientras que en la ciudad «la diferencia entre una y otra tasa es de unos 10 puntos porcentuales».

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Opinión – Hacia una nueva reforma laboral: La precarización del mercado laboral como máxima del Gobierno

La flexibilidad en el ámbito de las relaciones laborales, tanto desde una perspectiva externa como interna, ha sido una de las reivindicaciones por parte de la patronal y una de las máximas para el actual Gobierno. Tanto es así, que Reforma (Real Decreto-Ley 3/2012 – posteriormente Ley 3/2012) tras reforma (Real Decreto-Ley 5/2013) se han venido modificando diversos elementos que afectan en gran medida a dicha materia. A modo de ejemplo y a pesar de que el Ministerio de Empleo negara la inclusión en nuestro ordenamiento jurídico de la figura del minijob tal y como la conocemos, lo cierto es que se ha venido incentivando la contratación a tiempo parcial, lo que en definitiva suponía su inclusión encubierta.

En esta misma línea, a fin de dotar con mayor flexibilidad al actual mercado laboral, se fomentaba el despido por parte del Gobierno a través de considerables reducciones en las indemnizaciones; se acordaba una mayor facilidad para la materialización de los expedientes de regulación de empleo – ERE -; la precarización de las relaciones laborales a través de las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo, entre las que se encuentran: Jornada de trabajo, horario y distribución del tiempo de trabajo, régimen de trabajo a turnos, sistema de remuneración y cuantía salarial, sistema de trabajo y rendimiento, funciones, entre otras.

Por si fuera poco, a principios del mes de agosto, el Ministerio de Empleo anunciaba entre otras novedades, una nueva reforma laboral que sería presentada a lo largo del mes de septiembre del presente año, cuyo objetivo principal y siguiendo las indicaciones del FMI será de nuevo una mayor flexibilidad en el ámbito de las relaciones laborales y sobre el mercado laboral en general.

El espíritu reformista del Gobierno parece no prestar demasiada atención a los efectos que éstas revierten sobre los ciudadanos, en tanto que no solo no se está creando empleo, sino que se ha venido destruyendo de un modo considerable, al mismo tiempo que se deteriora gravemente la calidad del escaso empleo existente.

Tras la lectura de los datos en materia de desempleo, el Ejecutivo se jactaba de haber encadenado cinco meses consecutivos de descenso en cuanto a parados se refiere (según datos del Servicio Público de Empleo y según la última Encuesta de Población Activa – EPA).

No obstante, los datos reflejan una importante caída de la contratación indefinida: si comparamos las contrataciones realizadas en el mes de julio de 2012 con aquellas realizadas en el pasado mes de julio, llegamos a la conclusión que la contratación indefinida ha descendido en 134.122 contratos, o lo que es lo mismo, la contratación indefinida ha descendido en términos porcentuales un 58,20%.

Evolución contratación indefinida. 2012-2013

Asimismo, si llevamos a cabo el mismo ejercicio en relación a la contratación temporal, llegamos a la curiosa conclusión de que la contratación temporal ha ascendido en 114.705 contratos, o lo que es lo mismo, la contratación temporal ha ascendido en términos porcentuales un 8,85%.

Evolución contratación temporal 2012-2013

Los datos demuestran que las esperanzadoras cifras en materia de desempleo, no son más que una ilusión que más tiene que ver con una cifra de paro estacionalizada en relación con la precarización de las relaciones laborales y por tanto de las contrataciones, que con un cambio de tendencia, como muestra el dramático agravamiento de la relación entre contratación indefinida y contratación temporal, que alcanza en el último dato de la serie, tan solo 6 contrataciones de carácter indefinido por cada 100 contrataciones, es decir, el 94% de las contrataciones son temporales.

Así, debe concluirse que España se encuentra inmersa en una complicada situación de paro estructural, permanente y a largo plazo, consecuencia entre otros factores, de la falta de dinamismo económico, la desigualdad en la distribución de la renta y nuevamente consecuencia de las innumerables reformas en la legislación laboral que fomentan el despido y la precarización de las relaciones laborales.

A modo de conclusión, quien suscribe entiende que el Ejecutivo debería tener muy en cuenta las cuestiones expuestas antes de llevar a cabo una nueva e incomprensible reforma laboral en los términos que ya se han venido adelantando.

Y es importante recordar que un Gobierno que dice defender a las familias, se olvide de su único sustento, pues la estabilidad en el trabajo y un salario digno resulta incompatible con la temporalidad, porque no solamente esos trabajadores, sino sus familias e hijos verán reducida su calidad de vida. La estabilidad en el trabajo, es por tanto, un ejercicio de política social que ampara especialmente a las familias en riesgo de pobreza y exclusión social.

Antonio Valenciano

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Los contratos de cero horas convierten a los británicos en esclavos de la flexibilidad laboral

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¿Se acuerdan de los polémicos minijobs? Nos los vendieron como la salida a la crisis, la gran esperanza de los parados. Cuando el Banco Central Europeo (BCE) se puso duró, allá por diciembre de 2011, los incluyó en su listado de condicionantes para reactivar su programa de compra de deuda española. Mario Draghi exigió al entonces presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, la «devaluación competitiva» de los salarios y acciones contra el desempleo juvenil. Aquella misiva no tomó forma hasta que la canciller alemana, Angela Merkel, llegó a España a visitar a su sucesor, Mariano Rajoy. Traía los mini-empleos bajo el brazo, como propuesta estrella para la futura reforma laboral que se empezaba a fraguar.

Estos contratos, que se crearon en Alemania en 2003 para atajar el paro y la economía sumergida, tienen un sueldo máximo de 400 euros mensuales, se aplican sólo a empleos en los que el trabajador no paga impuestos y abona las cotizaciones sociales de forma voluntaria. Al final, se quedaron fuera del paquete de medidas que introdujo el Gobierno en el mercado de trabajo, aunque eso no libró a los jóvenes del precariado. Los minijobs existen de facto en el país enmascarados bajo la vieja fórmula de trabajos a tiempo parcial. Según la Encuesta de Población Activa correspondiente al cuarto trimestre de 2011, el 67% de jóvenes de entre 25 y 29 años que tienen un contrato a jornada parcial no lo tienen porque no han podido encontrar trabajo de jornada completa. Este colectivo se reducía a un porcentaje del 37% en 2007 y desde entonces ha ido aumentando de manera constante, al ritmo de casi un 10% por año. Los menores de 30 se han quedado sin alternativas.

En Reino Unido, el panorama no es más esperanzador. Alrededor de un millón de británicos tienen contratos laborales que no aseguran un mínimo de horas de trabajo. Este dato viene recogido en una encuesta del Chartered Institute of Personnel and Development (CIPD), que ha corregido la estimación oficial de la Oficina Nacional de Estadística, que limitaba la cifra a 250.000 empleados. «Son una especie de contratos a llamada, en los que el trabajador ha de estar disponible ante la orden empresarial de trabajar. En todo caso, el empleado no cobra nada por el tiempo en espera, solamente por las horas trabajadas. Además, según la legislación inglesa, tampoco dispone de un salario mínimo en ese tiempo en blanco ni prestación de baja por enfermedad», explica, Ferrán Camas, profesor de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social en la Universitat de Girona.

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