España, sin representación en una reunión técnica por el empleo juvenil en la Comisión Europea

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El país de la UE más golpeado por el desempleo juvenil, con más de la mitad de los menores de 25 años en paro, se ausenta de una reunión técnica para mejorar la integración laboral de este grupo de población. El Gobierno español no envió la semana pasada representación alguna a la cumbre técnica europea para aprender de la implantación del plan comunitario de Garantía Juvenil en Finlandia, Estado pionero en el desarrollo de este sistema. La reunión, celebrada el jueves y el viernes en Helsinki, formaba parte del programa de aprendizaje mutuo auspiciado por la Comisión Europea y contó con la presencia de 13 de los 28 Estados miembros. Grecia, el segundo país con mayor incidencia del desempleo juvenil de la Unión (53,1%); Italia (42,9%); Croacia (41,5%) y Portugal (35,5%), tampoco enviaron delegaciones a la capital finlandesa.

En el encuentro, los representantes de los países participantes (Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, Estonia, Francia, Irlanda, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Países Bajos, Polonia y Suecia), debatieron sobre la mejora de la cooperación entre centros de enseñanza, servicios públicos de empleo y empresas y pusieron en común diferentes propuestas nacionales para el perfeccionamiento del aprendizaje profesional.

La reunión técnica estaba enmarcada en la iniciativa europea de Garantía Juvenil, que tiene como objetivo que los Estados miembros logren garantizar a los menores de 25 años una colocación laboral acorde a su formación o una mejora en su formación en los cuatro meses siguientes al final de sus estudios reglados o a la pérdida de un empleo. Este programa se basa en los casos de éxito de Austria y Finlandia que, a ojos de Bruselas, han demostrado que «merece la pena» invertir en la transición de los jóvenes de la escuela a la vida profesional. Según datos comunitarios, desde la puesta en marcha de la iniciativa de Garantía Juvenil en Finlandia, el 83,5% de los jóvenes desempleados logró encontrar un puesto de trabajo o extendió su formación en menos de 90 días.

Fuentes gubernamentales españolas justifican la decisión de no asistir a la cumbre técnica europea en que «no se trataba de una reunión de alto nivel». Por su parte, un portavoz del departamento comunitario de Empleo y Asuntos Sociales explica que todos los Estados miembros estaban invitados a la reunión de Helsinki y que acudieron los primeros 13 países en solicitarlo. Paradójicamente, ninguno de los Estados asistentes están entre los peores de la UE en materia de desempleo juvenil.

El martes pasado, la Comisión Europea incidió en un comunicado en las diferencias «extremadamente altas» entre España, el país más azotado por el desempleo juvenil (con el 53,8% de los jóvenes de entre 15 y 24 años en paro), y Alemania, en el lado opuesto con solo el 7,8%. En los últimos cuatro años, la tasa de empleo entre los jóvenes europeos ha caído casi tres veces más que entre los mayores de 25 años.

Fuente: elpais.com

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España lidera la destrucción de empleo industrial en la UE durante la crisis

La sombra de la mayor debacle económica de la historia reciente sigue siendo alargada para el sector industrial español. La Comisión Europea ha señalado este jueves a España como el país de la UE que más empleo industrial destruyó entre 2007 y 2012, los años de crisis más aguda: hasta 715.000 trabajadores del sector secundario se quedaron sin trabajo en un periodo aciago para el conjunto de la UE. Italia, Francia y Reino Unido, países de mayor tradición industrial que España, perdieron 525.000, 375.000 y 325.000 empleos respectivamente. De entre los 28 Estados miembros solo Alemania incrementó la fuerza laboral del sector industrial en el periodo, con cerca de 50.000 nuevos empleados.

El informe de competitividad industrial que elabora anualmente el Ejecutivo comunitario sitúa a España entre los países que recuperan fuelle —a golpe de ajuste en el empleo— en este terreno, pero exige al Gobierno español más medidas para revitalizar un sector que ha perdido comba en paralelo al declive económico. Entre las recetas de Bruselas destacan dos: la necesaria reactivación del crédito empresarial —especialmente en el caso de las pymes— y el impulso a la innovación.

«A pesar de la mejora en la financiación bancaria, las pequeñas y medianas empresas españolas del sector industrial siguen teniendo más dificultades para obtener financiación que sus pares europeos», señala el estudio comunitario. «Los tipos de interés exigidos siguen siendo mucho más altos que en otros Estados miembros y la disponibilidad de liquidez es especialmente complicada en los primeros meses de desarrollo de un negocio, aunque este demuestre su viabilidad». Además, Bruselas llama la atención sobre la demora en el pago a proveedores por parte de las administraciones públicas y sitúa a las autoridades españolas como las peor pagadoras de la UE. «Los problemas de liquidez de las empresas continúan viéndose empeorados por los largos retrasos a la hora de recibir los pagos, en particular del sector público».

En el plano de la innovación industrial, una de las claves para la recuperación de la industria continental, la Comisión Europea reconoce un «mejor rendimiento» desde 2007, pero ahonda en la brecha creciente con el resto de la UE y subraya la escasa importancia de las manufacturas intensivas en conocimiento sobre el total de exportaciones. «En los años anteriores a la crisis el gasto en I+D aumentó considerablemente, pero España ha fallado en la transición hacia una economía basada en el conocimiento», enfatiza.

El Ejecutivo comunitario insta al Ejecutivo español a eliminar «obstáculos» a la competencia en los mercados de productos y servicios —una de las máximas más repetidas en los informes económicos de Bruselas— e insiste en acabar con las «barreras» al crecimiento de las empresas. «España debe fomentar un entorno más favorable a la innovación y al desarrollo de nuevas empresas», apunta.

Pese a la reciente mejoría de la competitividad, la Comisión Europea sigue situando a España en el grupo de países rezagados, a mucha distancia de los líderes de la UE en este ámbito: Alemania, Países Bajos, Dinamarca e Irlanda. «Desde el principio de la crisis, España ha realizado progresos considerables para recuperar competitividad en materia de costes y precios. Sin embargo, gran parte de este ajuste tiene origen en factores cíclicos, en particular en la fuerte caída de empleo durante la crisis», añade.

Fuente: elpais.com

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Los criterios de despido para el ERE de un ayuntamiento dividen al Supremo

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Los criterios en que deben basarse los entes públicos a la hora de llevar a cabo un despido colectivo se han convertido en fuente de división entre los magistrados de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, a raíz del caso del Ayuntamiento de Jerez, sobre el que el Alto Tribunal acaba de pronunciarse.

Éste llevó a cabo un Expediente de Regulación de Empleo (ERE), una vez en vigor la reforma laboral de 2012, basándose para la selección de los afectados en la edad -criterio que se considera unánimemente válido por los magistrados- y en una «evaluación continua» de los empleados que, para un total de 6 de los 14 magistrados de la Sala, resulta «inconcreto», pero que ha sido validado por la mayoría.

Así, según las declaraciones del primer teniente alcalde y portavoz del consistorio, este criterio se dibujaba en función de «quién trabajaba mejor o peor, era problemático, quejica, en base a la rumorología, la actitud ante el trabajo, si eran vagos (…), no valorando la formación, sino quien trabajaba bien«.

Un caso de duda

La sentencia, de la que es ponente el magistrado Gilolmo López, con fecha de 25 de junio, se pronuncia sobre cuatro demandas que impugnan el despido de 260 de los 1.305 trabajadores fijos, indefinidos y temporales, del Ayuntamiento de Jerez, pidiendo la nulidad de la medida empresarial o, subsidiariamente, su no acomodación a derecho.

La sentencia de instancia consideró que el criterio del que se valió el Ayuntamiento para elegir a los despedidos no se ajustó a derecho, por ser arbitrario, lo que supone que no se negoció de buena fe, causando la nulidad del periodo de negociaciones y de la decisión extintiva.

El consistorio recurrió esta decisión, asegurando que «es en los procesos individuales de despido donde debe discutirse acerca de los criterios de selección de los trabajadores afectados», y que cumplió con sus obligaciones al comunicar a los trabajadores los criterios. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía confirmó este criterio.

El Supremo, por su parte, llega a la conclusión contraria, y lo hace aclarando que no es preciso un análisis «concreto y minucioso de cada una de las situaciones particulares de los trabajadores individualmente afectados, probablemente incluso aunque en alguna de ellas pudiera apreciarse algún indicio de discriminación o de trato desigual».

Así, el control debe limitarse a descartar que esos indicios «pudieran llegar a implicar una lesión con proyección general sobre un derecho fundamental o el trato desigual real afectara a todo un grupo indiscriminado de trabajadores». «Entenderlo de otro modo y permitir el análisis de cada concreta situación individual transformaría el proceso colectivo en un plural«, asegura el fallo, que afirma también que los trabajadores individuales «no están siquiera legitimados para participar en las reuniones celebradas a lo largo del periodo de consultas«.

Así, tal y como defiende también el Ministerio Fiscal, «la forma en que se hayan aplicado los criterios de selección por parte del Ayuntamiento no puede por sí misma determinar que toda la negociación se haya llevado de mala fe, con la importante consecuencia de considerar no ajustados a derecho los 259 despidos llevados a cabo, algunos de ellos en base a criterios indiscutibles», como el de la edad.

Voto particular

La sentencia cuenta, sin embargo, con un voto particular formulado por el magistrado Salinas Molina, al que se adhieren los magistrados De Castro Fernández, Agustí Juliá, Segoviano Astaburuaga, Virolés Piñol y Alarcón Caracuel.

En él se critica el uso del criterio de «evaluación continua» para justificar los despidos, ya que éste -entre otros- «impidió a los representantes de los trabajadores conocer este dato que es esencial» y negó la posibilidad de una verdadera negociación.

Así, la inconcreción de los criterios de selección «no puede subsanarse remitiendo a los trabajadores afectados a los procesos individuales de impugnación de sus despidos». Esta «cuestionable remisión comportará el que los trabajadores afectados que se crean con mejor derecho a permanecer en la empresa conforme a tales criterios genéricos de selección deban demandar a los no despedidos que entiendan reúnan inferiores condiciones».

Fuente: elEconomista.es

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