La jubilación de los trabajadores a tiempo parciales discriminatoria en España

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictaminado que la legislación española discrimina a los trabajadores a tiempo parcial en sus pensiones de jubilación contributivas.

La Justicia europea considera que "instaura una diferencia de trato" al exigir un periodo de cotización "proporcionalmente más elevado" para los trabajadores a tiempo parcial, "en su mayor parte mujeres".

Para obtener la pensión de jubilación contributiva es necesario haber cumplido 65 años y haber cubierto un periodo mínimo de cotización de 15 años. Para calcular esto último, la normativa computa las horas efectivamente trabajadas, calculando su equivalencia en días teóricos de cotización.

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http://www.elmundo.es/elmundo/2012/11/22/economia/1353592590.html

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Sentencia del Tribunal de Justicia de la UE: la ley española de pensiones discrimina a las mujeres

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictaminado este jueves que la normativa española sobre pensiones discrimina a los trabajadores a tiempo parcial, que en su mayoría son mujeres, ya que les exige un periodo de cotización proporcionalmente mayor al del resto de contribuyentes.

La sentencia responde a la denuncia de una mujer que trabajó exclusivamente como limpiadora de una comunidad de propietarios durante 18 años a jornada parcial de 4 horas a la semana (es decir, el 10% de la jornada legal en España). A la edad de 66 años, presentó una solicitud ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social para obtener una prestación de jubilación, que le fue denegada por no reunir el período mínimo de cotización de 15 años.

El caso acabó en el juzgado de lo social de Barcelona, que preguntó al Tribunal de Luxemburgo si la norma española vulnera la directiva europea sobre igualdad de trato entre hombres y mujeres en materia de seguridad social.

El juzgado remitente destacaba que la legislación española computa exclusivamente las horas trabajadas y no el periodo de cotización, es decir, los días trabajados. En el caso de la denunciante, ello implica que las cotizaciones pagadas durante 18 años al 10% de la jornada equivalen a un periodo de menos de 3 años, por lo cual tendría que trabajar 100 años para acreditar los 15 años que le permitan acceder a una pensión de 112,9 al mes.

La ley española vulnera la directiva sobre igualdad entre hombres y mujeres

En su sentencia de este jueves, el Tribunal de Justicia dice que la ley española vulnera la directiva sobre igualdad de trato entre hombres y mujeres en materia de seguridad social. El motivo es que «exige a los trabajadores a tiempo parcial —que en España al menos el 80% son mujeres—, en comparación con los trabajadores a tiempo completo, un período de cotización proporcionalmente mayor para acceder a una pensión de jubilación contributiva cuya cuantía ya ha sido reducida proporcionalmente a la parcialidad de su jornada».

El Tribunal señala que «debido al método que se emplea para calcular el período de cotización exigido para acceder a una pensión de jubilación, dicha normativa priva en la práctica a estos trabajadores de toda posibilidad de obtener tal pensión».

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Casi la mitad de los asalariados menores de 25 años cobran entre 687 y 1.008 euros al mes, según INE

El 46% de los asalariados menores de 25 años perciben un salario mensual bruto de entre 687,1 y 1.008,6 euros, según los resultados del ‘Decil de salarios del empleo principal. Encuesta de Población Activa 2011’ publicado este miércoles por el Instituto Nacional de Estadística (INE).

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http://www.eleconomista.mobi/economia/noticias/4414857/11/12/economia-laboral-casi-la-mitad-de-los-asalariados-menores-de-25-anos-cobran-entre-687-y-1008-euros-al-mes-segun-ine.html

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