El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha condenado al Servicio Andaluz de Empleo (SAE) por mantener durante más de dos años sin ocupación real a un empleado procedente de la extinta Fundación Andaluza Fondo de Formación y Empleo (FAFFE), al que tendrá que indemnizar como si se tratase de un despido improcedente.
La sentencia de la Sala de lo Social del alto tribunal confirma la dictada en mayo del año pasado por el Juzgado de lo Social número 4 de Granada en la causa abierta contra el SAE, dependiente de la Junta de Andalucía.
El TSJA ha confirmado así el incumplimiento grave del SAE por no haber procurado a un empleado, que procedía de la extinta FAFFE, ninguna carga de trabajo durante más de dos años, en el periodo comprendido entre enero del 2012 y febrero del año pasado.
La sentencia inicial del Juzgado de lo Social 4 de Granada condenó al SAE a pagar 33.939 al trabajador que solicitó la extinción de su contrato al considerar que debía indemnizarlo con la misma cuantía que si la ruptura de la relación laboral representara un despido improcedente.
El SAE defendió que la falta de carga de trabajo al demandante, que pasó a este servicio como subrogado al desaparecer la FAFFE y cambiar las competencias en materia de formación profesional dentro de la estructura de la Junta de Andalucía, respondía a «circunstancias imprevisibles» que impidieron darle «ocupabilidad».
El alto tribunal andaluz ha confirmado el «incumplimiento grave» del SAE y ha recalcado que la falta de trabajo justifica la extinción de la relación laboral ya que el empleado tiene derecho «al respeto y la consideración debida a su dignidad», un derecho que ha sido «gravemente afectado» por el comportamiento del SAE.
Fuentes del caso han detallado que el SAE ha recurrido la sentencia ante el Supremo al considerar justificada la falta de ocupación para uno de los mil empleados de FAFFE que fueron subrogados por el Servicio Andaluz de Empleo.
Fuente: granadahoy.com