El Tribunal Supremo ha tumbado el primer ERE de la reforma laboral. Se trata de un Expediente que proviene del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid, del pasado mayo, que también lo tumbó.
De esta forma, el Alto Tribunal anula los 28 despidos de Talleres López Gallego, un grupo de empresas, porque estima que la empresa no ha presentado la documentación necesaria y no ha cumplimentado suficientemente lo que prevé el Reglamento de los ERE de 2011, previo a la reforma laboral, en lo que respecta a “la memoria explicativa de las causas de despido colectivo”.
En su dictamen, se confirma la nulidad por incumplimiento referido a la entrega de una memoria económica mínimamente suficiente y se señala que la falta de aportación de esa documentación mínima a los representantes de los trabajadores «afectó a la realidad de la existencia de un verdadero periodo de consultas» y facilitó que se pudieran «extinguir desde el principio y sin información relevante» la totalidad de los contratos de trabajo aparentemente sostenidos únicamente con la empresa Talleres López Gallego S.L.
Así, la sentencia entiende que este fallo formal de la empresa condiciona la voluntad negociadora. Alega que no ha habido una real voluntad negociadora por parte de la empresa, que no ofreció nada diferente a lo largo de las negociaciones.
Ahora la compañía deberá readmitir a los trabajadores de forma formal y decidir si se plantea un nuevo ERE o solicita extinguir la relación laboral, ya que el pasado diciembre se declaró en concurso y, probablemente, irá a liquidación.