En materia de jubilación anticipada lo que hará el Gobierno, según fuentes conocedoras del texto legal, es acompasar el aumento de la edad de jubilación anticipada al de la edad legal. Tal y como está ahora la ley, uno puede jubilarse anticipadamente a los 63 años (si lo decide de forma voluntaria) o a los 61 (si se ha quedado sin trabajo). Todo, mientas la edad de jubilación legal va a ir subiendo desde los 65 años y un mes en los que está en 2013 hasta los 67 de 2027. Con el cambio que pretende el Gobierno, para jubilarse anticipadamente serán necesario siempre dos años menos que la edad legal de jubilación si uno se retira de manera voluntaria, y cuatro si es de manera involuntaria.
Por lo tanto, cuando entre en vigor el cambio, en abril, para retirarse anticipadamente serán necesarios 63 años y un mes (o 61 años y un mes, en el caso de la anticipada involuntaria), y esas edades irán aumentando progresivamente hasta que en 2027 se llegue a 65 años (jubilación anticipada voluntaria) y 63 (jubilación anticipada involuntaria).
Además, según estas fuentes, se endurecerán los coeficientes penalizadores que ahora se aplicana los que se acogen a este tipo de jubilación. Ya ahora por cada año en el que se anticipa el retiro frente a la edad legal, la pensión sufre una merma. Con los cambios que introducirá el Gobierno, esa merma será mayor. Los coeficientes penalizadores se dispondrán en cuatro tramos, de forma que los trabajadores que hayan cotizado durante más años a lo largo de su carrera profesional sufran un recorte menor.
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