Regulación de Empleo (ERE) iniciado con anterioridad a la Reforma Laboral de 2012 para luego iniciar el mismo proceso una vez entrado en vigor el nuevo texto estará incurriendo en fraude de ley y, por tanto, dicho ERE deberá declararse nulo por el juez.
Es la conclusión que alcanza la Audiencia Nacional, en una sentencia de 25 de junio de 2012, de la que es ponente el magistrado Bodas Martín, en la que se declara nulo el ERE de una empresa, aunque sin condenar al empresario a readmitir a los trabajadores afectados y a pagarles los correspondientes salarios de tramitación, dado que esas pretensiones «deberán satisfacerse, en su caso, mediante los procedimientos de impugnación individual de los despidos«.
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