Aprobado el ERE de Citroën Vigo que afectará a 816 trabajadores

ERE

El Expediente de Regulación de Empleo (ERE) para 2014 de la empresa viguesa PSA Peugeot Citroën ha sido aprobado este miércoles en la comisión negociadora con un 75 por ciento de votos a favor. Por tanto, ha sido aceptada la propuesta final de la dirección de la compañía, que proponía el ERE para 20 días y 816 trabajadores. Así, tal y como han trasladado fuentes sindicales a Europa Press, el expediente ha sido aprobado con los votos a favor del Sindicato Independiente de Trabajadores (SIT) –con 5 representantes en la comisión negociadora– y de la Unión General de Trabajadores (UGT) –con 2–, y en contra por parte de Comisiones Obreras (CCOO) –con 1 representante– y la Confederación Intersindical Galega (CIG) –con 1–.

Fuente: El País

Publicado en Sin categoría | Etiquetado , , | Comentarios desactivados en Aprobado el ERE de Citroën Vigo que afectará a 816 trabajadores

Los salarios suman cuatro trimestres a la baja por primera vez en casi dos décadas

El ajuste de los salarios se prorrogó durante el tercer trimestre de 2013, según los datos que ha publicado este martes el INE y que confirman que los sueldos llevan cuatro trimestres cayendo, lo que no tiene parangón desde que en 1996 se empezó a realizar esta estadística. Entre julio y septiembre, los costes salariales descendieron un 0,2% con respecto al mismo periodo de 2012, hasta situarse en 1.801 euros de media. El origen de la caída en las remuneraciones está en los recortes salariales del sector público y los efectos que ha tenido la flexibilización interna que instauró la reforma laboral en las empresas.

Con este nuevo descenso, más moderado en cualquier caso que en los meses precedentes, el dinero que de media cobran los asalariados retrocede a su nivel de hace dos años.

Asimismo, si a los 1.800 euros de salario se le suman los pagos en los que incurren las empresas por cotizaciones a la Seguridad Social e indemnizaciones o prestaciones, el total del coste laboral asciende a 2.460 euros. La cifra supone un ligero avance del 0,2% con respecto al mismo periodo de 2012, lo que representa su primer avance tras el récord de cinco trimestres consecutivos a la baja sufrido desde mediados del pasado año.

El cambio de tendencia se explica por el avance del 1,4% en los otros costes. El principal componente de estos otros costes, las cotizaciones obligatorias a la Seguridad Social, crecen un 0,7%. No obstante, según detalla el INE, si se equipara el número de días hábiles y con datos desestacionalizados, el balance sigue siendo negativo con una nueva contracción del 0,1% en tasa interanual.

La jornada trabajada se reduce un 0,3%. En este trimestre se pierden 7,1 horas semanales de trabajo de media, de las que más del 80% son por vacaciones y fiestas disfrutadas. Como consecuencia de la reducción del tiempo trabajado, el coste laboral por hora efectiva sube un 0,5%.

Con vistas al futuro, es previsible que la recuperación de la paga extra de los funcionarios en este último trimestre de 2013 cambie la tendencia a la baja en los salarios. Desde el punto de vista macroeconómico, el ajuste de salarios y el fenómeno conocido como devaluación interna, ha permitido una mejora de la competitividad de España y sus empresas. Para las familias, sin embargo, ha agravado la caída de las rentas que venían sufriendo por culpa del auge del desempleo y el recorte de prestaciones.

Vacantes de empleo

Además, el INE ha publicado este martes por primera vez los resultados del nuevo apartado sobre vacantes de empleo incluido en la Encuesta de Costes Laborales, tal y como reclama la Unión Europea. Se entiende como vacante u oferta de empleo el puesto de trabajo que, o bien ha sido creado recientemente, o no está ocupado, o está a punto de quedar libre y para el cual el empresario está tomando medidas activas con objeto de encontrar un candidato idóneo ajeno a la empresa.

Las vacantes de empleo, en parte, reflejan la demanda insatisfecha de mano de obra, así como los posibles desajustes entre la capacidad y la disponibilidad de los desempleados y los puestos de trabajo ofrecidos por los empleadores.

Según el INE, en el tercer trimestre se computaron 72.790 vacantes. De este total, el 84,9% se encuentran en el Sector Servicios. La mayoría de las unidades preguntadas contestan que no tienen vacantes que cubrir este trimestre porque no necesitan trabajadores adicionales. Por comunidades, el mayor número de ofertas se encuentra en Madrid, Cataluña y Andalucía. Solo las dos primeras cubren prácticamente la mitad del total. Por su parte, las que menos tienen son La Rioja, Comunidad Foral de Navarra y Cantabria.

Por tipo de actividad, Administración Pública y Defensa, Seguridad Social Obligatoria; Educación; y Actividades Sanitarias y de servicios sociales son las secciones de actividad con mayor número de vacantes de puestos de trabajo, con 12.113, 3.405 y 8.627, respectivamente.

Fuente: El País

Publicado en Sin categoría | Etiquetado , , | Comentarios desactivados en Los salarios suman cuatro trimestres a la baja por primera vez en casi dos décadas

El TS confirma la nulidad del despido colectivo de Prisa

La Sala General de lo Social del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia que confirma la nulidad del despido colectivo adoptado en Prisa Corporativa al apreciar que dicha decisión no estuvo ajustada a derecho por no cumplirse los acuerdos previos firmados entre la empresa y los trabajadores en un proceso de mediación que puso fin a una huelga en este grupo de comunicación.

La sentencia desestima el recurso de casación interpuesto por la empresa editora contra la resolución adoptada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Así, el Alto Tribunal confirma la condena a la empresa editora –Promotora de Informaciones, S.A.- a indemnizar a los 23 trabajadores de Prisa Corporación con 45 días por año de servicio con un tope de 42 mensualidades. Esta indemnización es la prevista en los pactos que la empresa no respetó y que el Alto Tribunal resuelve que están vigentes.

En su sentencia, fechada el 30 de octubre, la Sala de lo Social del Supremo falla que el despido colectivo decidido por la empresa en septiembre de 2012 vulneró dichos acuerdos, firmados el 20 de mayo de 2011 y el 14 de junio de 2011 entre el grupo de comunicación y los sindicatos UGT y CC.OO.

En estos pactos mediados, ambas partes se comprometían a acometer cualquier proceso de reestructuración que afectara al volumen de empleo a través del diálogo y la negociación, con un módulo indemnizatorio de referencia de 45 días por año de servicio con un tope de 42 mensualidades.

Para este fin se creó una Comisión de seguimiento de los compromisos adquiridos que estaba vigente hasta el 31 de diciembre de 2012, sin perjuicio de que pactaran mantener su operatividad más allá de dicha fecha. Sin embargo, Prisa instó un despido colectivo en Prisa Corporativa dos meses antes, en septiembre de 2012.

El Alto Tribunal falla que tales pactos “tienen la misma eficacia que lo acordado en Convenio Colectivo de acuerdo con lo dispuesto en el art. 8.2 del Real Decreto Ley de 04-03-1977; se trata de acuerdos que ostentan la naturaleza de acuerdos de desconvocatoria o fin de huelga, y como tales han de desplegar plena eficacia”.

La naturaleza de Convenio Colectivo de dichos acuerdos está corroborada por la jurisprudencia constitucional y social y su interpretación debe ajustarse a las normas que regulan los convenios colectivos. La sentencia de Tribunal Supremo cita, a este respecto, la numerosa jurisprudencia existente.

Tampoco la entidad demandada puede poner ahora en duda, sin dato alguno, la representatividad de las entidades con las que negoció la terminación de la huelga. “Es un proceder contrario a la buena fe procesal”, resuelve la Sala.

El Tribunal Supremo también desestima los argumentos esgrimidos por la representación de los trabajadores, en el sentido de que el comité de dirección había acordado el despido colectivo cuando había subido el sueldo de sus consejeros en más del 160% y en algún caso con bonos aumentados en un 337%.

Los datos que tratan de incorporar sobre la situación económica de la sociedad demandada y las retribuciones de sus administradores “son intrascendentes a efectos del fallo, a la vista de que, por lo ya dicho, no es necesario entrar en el examen de las causas alegadas para el despido”.

Fuente: diariojuridico.com

Publicado en Sin categoría | Etiquetado , , , , | Comentarios desactivados en El TS confirma la nulidad del despido colectivo de Prisa