«Teletrabajo, ¿una nueva modalidad de organización del trabajo?», por Antonio Valenciano

Dicho movimiento transgresor se debe principalmente a la introducción de las nuevas tecnologías en el ámbito del Derecho Laboral dando paso a una nueva forma de entender la organización del trabajo, creándose una nueva modalidad de éste, el “teletrabajo”, también denominado, aunque con menor fortuna, “trabajo periférico”, “trabajo remoto” o “trabajo a distancia” y una nueva clase de trabajadores: los “teletrabajadores” o “trabajadores de pantalla”, definidos como aquellos que trabajan con «máquinas que registran electrónicamente los datos en los correspondientes soportes y, a la vez, o anticipadamente, los visualizan ante el operador”.

La organización del sistema productivo ha sufrido una clara transformación a lo largo de los últimos años, como consecuencia de una constante innovación tecnológica. Concretamente las últimas dos décadas han sido reveladoras del paso de una economía de carácter industrial y manufacturera «a una economía denominada post-industrial, fuertemente terciarizada y encaminada a la producción de nuevos bienes y servicios inmateriales, como el de la información, que exigen un personal más especializado en conocimientos informáticos y tecnológicos.»

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http://www.encastillalamancha.es/noticia/5430/wwwencastillalamanchaes

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